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miércoles, julio 17, 2019

Reforma constitucional de 2010

La Constitución de 2010 es considerada como una de las más progresistas de América Latina y el Caribe. Surge en el marco del constitucionalismo iberoamericano, el cual se inspiró en los textos constitucionales aprobados con posterioridad a la Segunda Guerra Mundial, en Italia en 1947, Alemania en 1949, Francia en 1958; Portugal en 1976 y España en 1978. Es un texto, que a lo largo de sus 277 artículos consagra derechos, deberes y garantías ciudadanas y establece límites al ejercicio del poder.
Se garantiza el derecho a la vida, la libertad, la salud, la educación, la vivienda, la expresión y difusión de las ideas, la protección social, las jubilaciones y pensiones, la libertad de conciencia y cultos, la libre asociación, la soberanía, la democracia, la dignidad humana, el trabajo y la separación e independencia de los poderes públicos. En cualquier país civilizado del mundo, los “textos constitucionales” fijan las reglas del juego democrático, las cuales deben ser asumidas y respetadas por todos.
Una Constitución es el resultado de la creación de un orden jurídico, político e institucional, sin el cual las sociedades no se desarrollan. La Constitución de 2010 fue un pacto social, producto de la inteligencia colectiva de la sociedad dominicana.
¿Cómo fue este proceso?
1. Se realizaron amplios debates mediante asambleas en 148 municipios, el Distrito Nacional y las distintas circunscripciones de la provincia Santo Domingo, entre octubre de 2006 y febrero de 2007, donde participaron organizaciones sindicales, empresariales, comunitarias, campesinas, estudiantiles y barriales;
2. Se creó un portal para que todos los ciudadanos pudieran recibir orientaciones, emitir sus opiniones y canalizar propuestas;
3. El resultado de estos encuentros y debates fue resumido en un texto denominado “Encuentro nacional de la consulta popular para la reforma constitucional”, la cual recogió las propuestas de la sociedad dominicana, en el ámbito territorial, sectorial e individual.
Según palabras de Pedro González Trevijano y Arnaldo Alcubilla, en Comentarios a la Constitución de la República Dominicana, esa Constitución tiene su autor. “El único posible en los regímenes constitucionales y sistemas democráticos: el pueblo dominicano”.
Esa memoria histórica consignada en el texto precedentemente citado, recoge la decisión de la sociedad dominicana, de asumir el modelo democrático como forma de organización del sistema político, estableciendo con claridad que la reforma a la Constitución debe ser una obra colectiva, por el respeto que debe inspirar la ley suprema de la nación y por su vocación de estabilidad y permanencia.
El nacimiento de una Constitución representa la más alta expresión de vida institucional de una nación. Debe ser pensada, deliberada, madurada, programada, reflexionada y discutida por todos sectores de la sociedad.
Considerando todos estos aspectos fue discutida, aprobada y promulgada la Constitución Dominicana el 26 de enero del año 2010.
Un texto constitucional dinámico, armónico, transformador, garantista y legítimo, que acopia las exigencias de la justicia social.
Por Félix Bautista ;-
@felixrbautista
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