Uno de los antecedentes de los regímenes políticos modernos se remonta
por el año 1215, cuando el Rey Juan I en Londres promulgo una
constitución por medio de la cual se le ponía límites al poder ejercido
por el Rey, mediante un estamento que se le llamó congreso, parlamento o
Asamblea. Pero fue Montesquieu, quien en su libro¨ El Espíritud de las
Leyes¨ en el año 1748, propuso la teoría de que el Estado se dividiera
en tres poderes, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, como forma de
autocontrol.
Montesquieu no hizo más que desarrollar las ideas de John Locke acerca
de la división del poder y con esto le dio forma al legislador que
tenemos hoy día. Un legislador es la persona que es parte del órgano del
Estado del cual emanan las leyes. Este órgano en países como el nuestro
se divide en dos cámaras, el Senado Y la cámara de Diputados, ambas con
la función de formar las leyes y de actuar como órgano de control de
las acciones del poder Ejecutivo y del poder Judicial.
La figura del Diputado es de vital importancia en los regímenes
Democráticos. Se trata de los representantes de las comunidades,
elegidos por el voto directo y secreto de sus habitantes. Al ser
elegidos y llegar a la cámara, se espera que el Diputado en su función
de representación, defienda los intereses de la gente que le votó. Pero
en la práctica esto no sucede y los electores están siempre cuestionando
la labor de sus representantes, no solo en su función de representación
si no que también en la función legislativa.
Debemos estar claros que en todos los países del mundo las iniciativas
Legislativas que más son aprobadas son las que presenta el gobierno, por
dos razones fundamentales: una, porque casi siempre el gobierno tiene
la mayoría de los Diputados y la segunda, porque el Gobierno tiene la
estructura profesional necesaria para elaborar iniciativas Legislativas
debidamente fundamentadas y sabemos que la mayoría de los legisladores
nuestros carecen de la preparación para elaborar un proyecto de Ley.
Es por esto que los pueblos como el nuestro deben ir creando las
condiciones para que la elección de los Legisladores tenga como meta
escoger aquellos individuos que sean los más idóneos para acceder a una
bancada, que antepongan ante todo el bien común en sus acciones, que
tengan la técnica para elaborar leyes, que no tengan conflicto de
intereses políticos, materiales, jurídicos o éticos, y así desempeñen
sus funciones con un grado de eficacia razonable.
La sociedad Dominicana espera que nuestros partidos políticos le exijan
condiciones mínimas a sus militantes que pretendan un cargo legislativo,
requisitos como preparación intelectual, curtido en la práctica
política, con meritos acumulados, con vocación de servicio, con vínculos
con sus comunidades y con el compromiso de representación de sus
electores.
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TONY PICHARDO |
La constitución Dominicana establece como únicos requisitos para ser
Diputados, el ser Dominicanos en pleno ejercicio de los derechos civiles
y políticos, haber cumplido 25 años, ser nativo de la demarcación que
lo elija o haber residido en ella 5 años consecutivos. Por tanto el
único habilitado
constitucionalmente para expresarse sobre el requisito
de idoneidad que debe adornar al Diputado es el pueblo con su voto, por
lo que debemos rechazar al Diputado que solo va al congreso a repartir
Habichuelas con Dulce.
El autor es Abogado.
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