Siganos en nuestras redes

siguenos en facebook siguenos en Twitter siguenos en Google+ Canal de youtube siguenos en facebook sígueme en Instagram siguenos en facebook

jueves, febrero 21, 2013

Decisión judicial en Venezuela cierra la puerta a Diosdado Cabello

Diosdado Cabello y Hugo Chávez
Caracas,Venezuela;-La decisión judicial que ratificó la continuidad de la presidencia de Hugo Chávez pese a la gravedad de su enfermedad puede ser usada para evitar que el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, lo reemplace interinamente de producirse su ausencia absoluta, dijeron expertos al advertir sobre las distorsiones provocadas por el dictamen.
Expertos en materia constitucional dijeron que el “disparatado” pronunciamiento emitido en enero por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), puede ser usado para cimentar al vicepresidente Nicolás Maduro en la Presidencia de la República, una vez que Chávez sea apartado del cargo debido a la gravedad del cáncer que padece.
“En esta carrera, ya Diosdado no corre. En cualquiera de las hipótesis que pudiera presentarse Cabello nunca se encargaría”, comentó el ex diputado y experto constitucionalista, Gustavo Tarre.
“La sentencia del Tribunal Supremo eliminó la posibilidad de que Diosdado pudiera encargarse de la presidencia”, reiteró.
Fuentes cercanas a la situación dijeron a El Nuevo Herald que el ala ortodoxa del chavismo, cercana al régimen de Raúl Castro y encabezada por Maduro, tenía la exclusión de Cabello en mente cuando la Sala Constitucional del TSJ emitió la decisión por la desconfianza que siente hacia el actual presidente de la Asamblea Nacional, quien encabeza el ala nacionalista de la Revolución Bolivariana.
“El verdadero enemigo [para Maduro] es Diosdado, y no los señores de la oposición”, dijo la fuente, que habló bajo condición de anonimato. “No quieren permitir que él asuma la presidencia”.
Según dirigentes de la oposición, las cortes en Venezuela se encuentran bajo total control del chavismo y algunos ex magistrados del Tribunal Supremo, que luego se distanciaron del oficialismo, advirtieron que muchas de sus decisiones son tomadas directamente por la máxima cúpula bolivariana.
Pero el eventual ascenso de Maduro a la Presidencia violaría directamente lo establecido por la Carta Magna.
“La Constitución establece muy claramente que, en caso de ausencia absoluta del presidente, debe encargarse de la Presidencia el presidente de la Asamblea Nacional, que en este momento es el señor Diosdado Cabello, y el presidente de la Asamblea Nacional tiene un mandato, de acuerdo a la Constitución, muy breve”, dijo el constitucionalista Gerardo Fernández.
El artículo 233 de la Constitución establece que en caso de la falta absoluta del presidente electo, “se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional”.
Pero el pronunciamiento de la Sala Constitucional del TSJ establece que Chávez está exento de la consideración de “presidente electo” debido a que siendo ya presidente, su reelección constituye la extensión de una administración que ya está vigente en vez de la instauración de un nuevo gobierno.
Esa decisión exoneró a Chávez de tener que estar presente en el país el 10 de enero para ser juramentado. El mandatario, quien lleva 74 días sin ser visto en público, permaneció gran parte de ese tiempo en La Habana recuperándose de una extensa y delicada intervención quirúrgica.
Portavoces del gobierno aseguran que el líder de la Revolución Bolivariana se recupera satisfactoriamente y que regresó para gobernar, pero es un secreto a voces en Venezuela que ya Maduro prepara su campaña presidencial como abanderado del chavismo, que muchos creen será sostenida dentro de muy poco tiempo.
Chávez, que según el gobierno regresó el lunes al país sin que nadie lo haya visto, todavía no ha sido juramentado.
Siguiendo la lógica de la “continuidad administrativa” esgrimida por el TSJ en su decisión, Maduro estaría en condiciones de asumir la Presidencia interina ya que en este caso estaría remplazando a un presidente que ya estaba en funciones.
El mismo artículo 233 de la constitución establece que si la ausencia absoluta es declarada durante los primeros cuatro años de un presidente en funciones, entonces le correspondería al vicepresidente ejecutivo, en este caso Maduro, asumir la Presidencia.
Para el experto constitucional Leonardo Palacios, la decisión del TSJ crea un peligroso precedente que podría incluso llevar a las cortes a tomar determinaciones aún más incoherentes.
“Pero el artículo 335 de la Constitución establece que el TSJ es el único intérprete valido de la Constitución. De modo a que cualquier decisión que emita la Sala Constitucional obliga tanto a la Sala Político Administrativa como a cualquier otro tribunal, de modo a que su interpretación se considera como única y valida en el país”, dijo Palacios.

Read more here: http://www.elnuevoherald.com/2013/02/21/1412610/decision-judicial-en-venezuela.html#storylink=cpy

No hay comentarios:

Publicar un comentario