Santo Domingo;- Leonel Fernández planteó que fue víctima de un
fraude digital durante las votaciones, el escrutinio automático y la
transmisión de los votos. Afirma que más personas votaron por él que por
su contrincante, a quien la JCE y el PLD proclamaron como candidato
presidencial.
Aunque no logre probar su teoría, por el costo de US$10 millones, de la auditoria forense solicitada y el tiempo que conlleva su realización, que es imposible en el calendario electoral, no sólo ha deslegitimado dicha candidatura, sino que además, ha transmitido una enorme preocupación sobre las elecciones de 2020: Ya él no debe preocuparse, Luis sí.
La discusión por el momento parece centrarse en las opciones que se abren al “defraudado”, quien parece obligado a marcharse: Pero no es que él quiera irse del PLD, es que sus adversarios en una suerte de suicidio colectivo, desean que se marche. La Presidencia del PLD, vacante, sería ocupada por Danilo: Es la única posición que le falta.
Su eventual salida abre diversas interrogantes. Si se marcha está obligado a ser actor activo en la próxima contienda: Podría sentirse tentado a apoyar abiertamente al PRM – no es su primera opción-; quizás llevar por el PRM – si pactan - a su esposa Margarita o presentarse por varios partidos que han declarado su interés de postularlo, lo que nos lleva a considerar si esto es constitucionalmente viable: Sí lo es.
Ser elegido es un derecho fundamental establecido en el artículo 22.1, cuyas condiciones no se dejaron a la reserva de Ley, en consecuencia al legislador ordinario le está vedado imponer otras distintas a las establecidas en el artículo 123, además de que no puede por ley, alterar la “esencia” de dicho derecho y, ese contenido no sólo implica el derecho del elegible, sino en particular, en este caso, de uno por quien se movilizó casi un millón de personas a votar: el derecho de sus electores está por encima de cualquier otro.
Se dirá que la disparatosa Ley 33-18 en el numeral 4 del artículo 49, prohíbe a los “que han sido presentados como candidatos de un partido” postularse por otros para el mismo certamen, se aducirá que él no ha sido propuesto como candidato del PLD para el certamen de mayo, eso aplicaría a Gonzalo Castillo, si renunciara del PLD que ya lo proclamó, no a Leonel.
El transfuguismo a que se refiere el artículo 134 de la Ley 15-19 es una desviación propia de las democracias parlamentarias, corrientemente se refiere a “legisladores” que al pasar de un partido a otro contribuyen a la caída de los gobiernos y, en las presidenciales, a “elegidos” que se marchan con el santo y la limosna luego de obtener el cargo, no a dirigentes que como simples ciudadanos, salen de una organización y escogen otro camino de participación política, conforme al principio de libre afiliación, como estableció el Constitucional en la TC 0441-19: Seria por ejemplo absurdo que si una persona es “precandidata y la expulsan o le hacen salir de una organización”, no pueda ejercer su derecho a través de otra.
Las leyes 33-18 y 15-19, ajenas a la Constitución, son un compendio de disparates ricas en contradicciones por los “arreglos que se hicieron para aprobarlas” y por la ignorancia de quienes la votaron y, esas contradicciones abren un espacio adicional a Leonel a través de una candidatura independiente pues, cuando en la Ley 33-18 se habla de “agrupaciones políticas”, es en sentido local, para elecciones provinciales, municipales y de distritos, es allí en donde se aplica la prohibición del artículo 49; pero cuando la Ley 15-19 menciona en su artículo 148 específicamente para “candidatura independiente a Presidente de la República”, se trata de una “agrupación política de carácter nacional no contemplada en la Ley de Partidos, escrito, expresamente, para un caso como el de Leonel: Puede ser candidato independiente conforme a la Ley Electoral y a la Constitución.
La política es una ciencia de realidades y hoy lo cierto es que al PLD le conviene más que Leonel sea candidato presidencial, aunque reste a Gonzalo la mitad de los votos que sacó en las primarias, que acorralarlo legalmente, y que obligado a apoyar abiertamente a Luis, le sume a éste un poco más de la totalidad de sus electores, pues la derrota del PLD sería terrible e inevitable: Si el divorcio va, es mejor por mutuo consentimiento.
Por Ángel Lockward ;-
Aunque no logre probar su teoría, por el costo de US$10 millones, de la auditoria forense solicitada y el tiempo que conlleva su realización, que es imposible en el calendario electoral, no sólo ha deslegitimado dicha candidatura, sino que además, ha transmitido una enorme preocupación sobre las elecciones de 2020: Ya él no debe preocuparse, Luis sí.
La discusión por el momento parece centrarse en las opciones que se abren al “defraudado”, quien parece obligado a marcharse: Pero no es que él quiera irse del PLD, es que sus adversarios en una suerte de suicidio colectivo, desean que se marche. La Presidencia del PLD, vacante, sería ocupada por Danilo: Es la única posición que le falta.
Su eventual salida abre diversas interrogantes. Si se marcha está obligado a ser actor activo en la próxima contienda: Podría sentirse tentado a apoyar abiertamente al PRM – no es su primera opción-; quizás llevar por el PRM – si pactan - a su esposa Margarita o presentarse por varios partidos que han declarado su interés de postularlo, lo que nos lleva a considerar si esto es constitucionalmente viable: Sí lo es.
Ser elegido es un derecho fundamental establecido en el artículo 22.1, cuyas condiciones no se dejaron a la reserva de Ley, en consecuencia al legislador ordinario le está vedado imponer otras distintas a las establecidas en el artículo 123, además de que no puede por ley, alterar la “esencia” de dicho derecho y, ese contenido no sólo implica el derecho del elegible, sino en particular, en este caso, de uno por quien se movilizó casi un millón de personas a votar: el derecho de sus electores está por encima de cualquier otro.
Se dirá que la disparatosa Ley 33-18 en el numeral 4 del artículo 49, prohíbe a los “que han sido presentados como candidatos de un partido” postularse por otros para el mismo certamen, se aducirá que él no ha sido propuesto como candidato del PLD para el certamen de mayo, eso aplicaría a Gonzalo Castillo, si renunciara del PLD que ya lo proclamó, no a Leonel.
El transfuguismo a que se refiere el artículo 134 de la Ley 15-19 es una desviación propia de las democracias parlamentarias, corrientemente se refiere a “legisladores” que al pasar de un partido a otro contribuyen a la caída de los gobiernos y, en las presidenciales, a “elegidos” que se marchan con el santo y la limosna luego de obtener el cargo, no a dirigentes que como simples ciudadanos, salen de una organización y escogen otro camino de participación política, conforme al principio de libre afiliación, como estableció el Constitucional en la TC 0441-19: Seria por ejemplo absurdo que si una persona es “precandidata y la expulsan o le hacen salir de una organización”, no pueda ejercer su derecho a través de otra.
Las leyes 33-18 y 15-19, ajenas a la Constitución, son un compendio de disparates ricas en contradicciones por los “arreglos que se hicieron para aprobarlas” y por la ignorancia de quienes la votaron y, esas contradicciones abren un espacio adicional a Leonel a través de una candidatura independiente pues, cuando en la Ley 33-18 se habla de “agrupaciones políticas”, es en sentido local, para elecciones provinciales, municipales y de distritos, es allí en donde se aplica la prohibición del artículo 49; pero cuando la Ley 15-19 menciona en su artículo 148 específicamente para “candidatura independiente a Presidente de la República”, se trata de una “agrupación política de carácter nacional no contemplada en la Ley de Partidos, escrito, expresamente, para un caso como el de Leonel: Puede ser candidato independiente conforme a la Ley Electoral y a la Constitución.
La política es una ciencia de realidades y hoy lo cierto es que al PLD le conviene más que Leonel sea candidato presidencial, aunque reste a Gonzalo la mitad de los votos que sacó en las primarias, que acorralarlo legalmente, y que obligado a apoyar abiertamente a Luis, le sume a éste un poco más de la totalidad de sus electores, pues la derrota del PLD sería terrible e inevitable: Si el divorcio va, es mejor por mutuo consentimiento.
Por Ángel Lockward ;-
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