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sábado, diciembre 22, 2012

Un presidente que quiere el control, Danilo Medina

Presidente Danilo Medina.
Desde su juramentación el pasado 16 de agosto’12 como Presidente de la República y al completar recientemente sus primeros 100 días de su mandato presidencial, el Lic. Danilo Medina ha demostrado con sus acciones que es un Presidente que quiere el control y eso lo enaltece ante su pueblo como un presidente ejemplar con un estilo de gobernar parecido, guardando las diferencias de la época, al del Profesor Juan Bosch, cuando ocupó el solio presidencial a partir del  27 de febrero del año 1963.
Entre las medidas tomadas en los primeros 100 días por el Presidente Danilo Medina y que demuestran que es un Presidente que quiere el Control, se destacan entre otras las siguientes:
PUSO EN MARCHA EL “CÓDIGO DE PAUTAS ÉTICAS”
En uno de los primeros Consejo de Gobierno Ampliado que celebró el Presidente Danilo en el Palacio Nacional desde que asumió la presidencia de la República, fue la puesta en Marcha del “Código de Pautas Éticas”, afirmando que será una prioridad de su administración el manejo austero y transparente de los fondos públicos, y advirtió que será severo e implacable con los funcionarios que violen las layes y actúen deshonestamente.
Con la puesta en marcha del Código de Pautas Éticas, el Presidente Danilo Medina delineó como Máxima Autoridad Ejecutiva de la Administración Pública, su filosofía para fomentar en todo el sector público un ambiente propicio para la operación del control interno, mediante la generación de una nueva cultura de administración y control para promover, entre las máximas autoridades ejecutivas de cada entidad pública, el reconocimiento del control como parte de sus responsabilidades para manejar y administrar los recursos de la nación.
El Código de Pautas Éticas, consta de 18 puntos y uno de los más relevante, el número 3, señala que el Presidente y los miembros de su gabinete se comprometen a administrar los bienes del Estado con honestidad, equidad, eficacia, transparencia y realizando un trabajo en armonía con los intereses estatales y la sociedad.
Según el Artículo 25 de la Ley 10-07 Que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloria General de la República, establece que “el Titular de cada entidad u organismo bajo el ámbito de la presente ley, es el principal responsable del establecimiento y cumplimiento del control interno en la respectiva institución. Los servidores públicos en los diferentes niveles de responsabilidad de la entidad u organismo, responderán por el mantenimiento y cumplimiento del control interno de las operaciones o actividades a su cargo”.
EL DECRETO 486-12 QUE CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE ÉTICA E INTEGRIDAD GUBERNAMENTAL
El Presidente Danilo Medina, emitió el  21 de agosto’12, el Decreto 486-12 que crea la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), en sustitución de la Comisión Nacional de Ética y Combate a la Corrupción (CNECC). Esta dirección será el órgano rector, en materia de ética, transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción, conflicto de interés y libre acceso a la información, en el ámbito administrativo gubernamental.
Esta nueva dependencia, está adscrita al Ministerio de la Presidencia de la República y sus planes deberán ser sometidos al Poder Ejecutivo para su conocimiento y aprobación. Será dirigida por un Director General que ha de ser designado por el Poder Ejecutivo. En esta entidad, fue designado el Dr. Marino Vinicio Castillo.
Entre las funciones de esta dirección, está la de investigar las actuaciones de los servidores públicos que transgredan el régimen ético y disciplinario establecido en la Ley 41-08, de Función Pública, cuando las autoridades a cargo no adopten las acciones correctivas oportunamente, y sin perjuicio de las funciones del Ministerio de Administración Pública.
Además, contribuir a desarrollar y fortalecer una cultura ética, de transparencia e integridad, promover los valores éticos y morales en la Administración Pública, así como dar seguimiento y asesorar a las Comisiones de Ética Pública para garantizar el adecuado cumplimiento de sus funciones y su participación activa en la dinámica institucional, entre otras.
EL DECRETO 499-12 QUE ESTABLECE MEDIDAS DE AUSTERIDAD.
Otra medida que tomó el Presidente de la República, Danilo Medina dentro sus primeros 100 días de su gobierno y que demuestra que quiere el control, lo ha sido la puesta en vigencia del Decreto 499-12 que establece medidas de austeridad.
Con este decreto el Presidente sostiene que “constituye una prioridad de la actual administración ajustar los gastos de los órganos y entes que conforman la administración pública, así como los organismos autónomos y descentralizados instituidos por leyes, a través de medidas dirigidas a racionalizar el gasto en el sector público y a mejorar el sistema de rendición de cuentas”
EL DECRETO 543-12 QUE ESTABLECE UN NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES, SERVICIOS, OBRAS Y CONCESIONES.
 El Presidente de la República, emitió el decreto 543-12 que establece un nuevo Reglamento de la Ley Sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, el cual  deroga y sustituye el Reglamento 490-07, de fecha 30 de agosto del 2007.
Este nuevo reglamento, contiene las normas generales, procedimientos especiales, registro de proveedores del Estado, sanciones, procedimientos de selección, condiciones, evaluación de propuestas, contenido y forma de los contratos, facultades y obligaciones, potestad y procedimientos de investigación, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías.
EL DECRETO 545-12 QUE DISPONE SUPRIMIR LAS ENTIDADES CONARE, CONAEJ, CARMJ
 El Presidente de la República, Lic. Danilo Medina, emitió el decreto 545-12, con el cual dispuso que sean suprimidas las siguientes entidades públicas: el Consejo Nacional de Reforma del Estado (Conare), el Comisionado de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia (Carmj) y la Comisión Nacional de Ejecución de la Reforma Procesal Penal (Conaej).
Entre las justificaciones de los considerandos de este decreto dice que en lo relativo a dichas instituciones, las mismas eran estructuras transitorias, cuya razón de ser y objetivos se han cumplido.  
EL DECRETO 569-12 QUE DISPONE EL TRASPASO A LA BOLSA AGROEMPRESARIAL, EL MECANISMO UTILIZADO PARA LA LICITACION DE LAS COMPRAS DE INSUMOS AGRICOLAS QUE DEMANDA EL PAIS.
Una medida también de suma transcendencia y de control, lo fue la disposición del Presidente de la República de traspasar mediante el decreto 569-12 a la Bolsa Agroempresarial de Republica Dominicana (BARD), organismo dependiente de la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD), el mecanismo utilizado para la licitación de las compras de insumos agrícolas que demanda la nación. Con este decreto se pone en vigencia el reglamento que establece los procedimientos generales para la asignación de los contingentes arancelarios de la ratificación técnica.
La ratificación técnica es un régimen de arancel-cuota que permite la importación de ciertos productos hasta cierto volumen límite o cuota como el arroz, el azúcar refino y morena, así como la carne de pollo, el ajo, la cebolla, el maíz, las habichuelas y la leche en polvo.
Este decreto señala que los ingresos generados por concepto de arancel aplicado a las importaciones de los productos bajo contingentes arancelarios, serán enviados a la Tesorería Nacional a través de la Dirección General de Aduanas (DGA)
Con la puesta en vigencia de esta importante medida de control, el Gobierno entiende que es moralmente necesario establecer un procedimiento de asignación de los contingentes arancelarios que sea público, simple, transparente, abierto, competitivo, imparcial y que no constituya un obstáculo al comercio.
EL DECRETO 616-12 QUE ORDENA A LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA SUSPENDER TODO APORTE DE FONDOS PUBLICOS A LOS FONDOS DE PLANES COMPLEMENTARIOS DE PENSIONES
Una media muy directa de control tomada por el Presidente Danilo Medina, dentro de sus primeros 100 días de gobierno, lo fue el de ordenar mediante el decreto 616-12 a la Contraloría General de la República de suspender todo aporte de fondos públicos a los fondos y/o planes complementarios de pensiones.
Con esta disposición el nuevo gobierno busca evitar cualquier uso inapropiado por las instituciones públicas  para los planes de pensiones de sus funcionarios y empleados, al tiempo que envía una clara señal de su compromiso con el buen uso de los fondos públicos.
Este decreto dispone que la Contraloría General de la República, proceda a suspender todo aporte de Fondos Públicos que realicen la Administración Central del Estado, las instituciones autónomas y descentralizadas y autónomas y descentralizadas financieras y no financieras, instituidas por la ley, las instituciones públicas de la seguridad social, las empresas publicas financieras y no financieras, los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional, a los Fondos y Planes Complementarios de Pensiones existentes.
Indica que los fondos aportados por las instituciones públicas a los planes complementarios de pensiones deben ser retornados a las mismas, para el correcto uso en el marco de sus presupuestos de gastos correspondientes.
También señala que las instituciones públicas podrán crear fondos de pensiones complementarios, siempre y cuando los mismos se sustenten sobre la contribución definida realizada única y exclusivamente por los afiliados y fundamentados en la capitalización individual que asegure la sostenibilidad financiera y el equilibrio económico.
EL DECRETO 626-12 QUE CREA LA VENTANILLA ÚNICA DE INVERSIÓN
La creación de la Ventanilla Única de Inversión, puesta en vigencia por el Sr. Presidente de la República, mediante el decreto 626-12 es otra medida de control y tiene como finalidad de eficientizar y agilizar los procesos de inversión nacional y del exterior en el país.
Este decreto presidencial declara de interés nacional el fomento de la inversión, el aumento de los flujos de inversión y el mejoramiento del clima de negocios en la República Dominicana.
El Gobierno estima que con la creación de la ventanilla única contribuirá a la creación de más de 400 mil nuevos empleos.
LOS DECRETOS 647, 648 Y 649-12  QUE DISPONEN SUPRIMIR TRES NUEVAS ENTIDADES PUBLICAS
El Presidente de la República, Lic. Danilo Medina, emitió tres decretos, con los cuales dispuso suprimir tres entidades más, se trata de la Oficina de Consultaría de Cooperación, Educación, Ciencia y Tecnología, adscrita a la Presidencia de la República; la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas y la Comisión Presidencial sobre los Objetivos del Milenio y Desarrollo Sostenible.
Estas medidas de control y de ahorros están consignadas en los decretos números 647-12, 648-12 y el 649-12.
En cada uno de estos decretos el Presidente de la República fundamenta su decisión en que ya esas instituciones cumplieron con su cometido.
Todas estas medidas que ha tomado el Presidente de la República, Lic. Danilo Medina, en sus primeros 100 días de gobierno han sido valoradas  y muestran que la República Dominicana cuenta con un Presidente que quiere el control y que entre todos debemos seguir apoyando para que continúe  fomentado en todo el sector público dominicano “Una Nueva “Cultura de Administración y Control” para garantizar el buen manejo, la transparencia y la rendición de cuentas de los recursos públicos a cargo de los funcionarios y servidores de la Administración Pública.
Juan Antonio Ovalles Pérez
Autor: Lic. Juan Antonio Ovalles Pérez
Ex presidente del Instituto de Auditores Internos de la República Dominicana.

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