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Presidente Danilo Medina. |
Entre las medidas tomadas en los primeros 100
días por el Presidente Danilo Medina y que demuestran que es un
Presidente que quiere el Control, se destacan entre otras las
siguientes:
PUSO EN MARCHA EL “CÓDIGO DE PAUTAS ÉTICAS”
En uno de los primeros Consejo de Gobierno
Ampliado que celebró el Presidente Danilo en el Palacio Nacional desde
que asumió la presidencia de la República, fue la puesta en Marcha del
“Código de Pautas Éticas”, afirmando que será una prioridad de su
administración el manejo austero y transparente de los fondos públicos, y
advirtió que será severo e implacable con los funcionarios que violen
las layes y actúen deshonestamente.
Con la puesta en marcha del Código de Pautas
Éticas, el Presidente Danilo Medina delineó como Máxima Autoridad
Ejecutiva de la Administración Pública, su filosofía para fomentar en
todo el sector público un ambiente propicio para la operación del
control interno, mediante la generación de una nueva cultura de
administración y control para promover, entre las máximas autoridades
ejecutivas de cada entidad pública, el reconocimiento del control como
parte de sus responsabilidades para manejar y administrar los recursos
de la nación.
El Código de Pautas Éticas, consta de 18 puntos y
uno de los más relevante, el número 3, señala que el Presidente y los
miembros de su gabinete se comprometen a administrar los bienes del
Estado con honestidad, equidad, eficacia, transparencia y realizando un
trabajo en armonía con los intereses estatales y la sociedad.
Según el Artículo 25 de la Ley 10-07 Que
instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloria
General de la República, establece que “el Titular de cada entidad u
organismo bajo el ámbito de la presente ley, es el principal responsable
del establecimiento y cumplimiento del control interno en la respectiva
institución. Los servidores públicos en los diferentes niveles de
responsabilidad de la entidad u organismo, responderán por el
mantenimiento y cumplimiento del control interno de las operaciones o
actividades a su cargo”.
EL DECRETO 486-12 QUE CREA LA DIRECCIÓN GENERAL DE ÉTICA E INTEGRIDAD GUBERNAMENTAL
El Presidente Danilo Medina, emitió el 21 de
agosto’12, el Decreto 486-12 que crea la Dirección General de Ética e
Integridad Gubernamental (DIGEIG), en sustitución de la Comisión
Nacional de Ética y Combate a la Corrupción (CNECC). Esta dirección será
el órgano rector, en materia de ética, transparencia, gobierno abierto,
lucha contra la corrupción, conflicto de interés y libre acceso a la información, en el ámbito administrativo gubernamental.
Esta nueva dependencia, está adscrita al
Ministerio de la Presidencia de la República y sus planes deberán ser
sometidos al Poder Ejecutivo para su conocimiento y aprobación. Será
dirigida por un Director General que ha de ser designado por el Poder
Ejecutivo. En esta entidad, fue designado el Dr. Marino Vinicio
Castillo.
Entre las funciones de esta dirección, está la de
investigar las actuaciones de los servidores públicos que transgredan
el régimen ético y disciplinario establecido en la Ley 41-08, de Función
Pública, cuando las autoridades a cargo no adopten las acciones
correctivas oportunamente, y sin perjuicio de las funciones del
Ministerio de Administración Pública.
Además, contribuir a desarrollar y fortalecer una
cultura ética, de transparencia e integridad, promover los valores
éticos y morales en la Administración Pública, así como dar seguimiento y
asesorar a las Comisiones de Ética Pública para garantizar el adecuado
cumplimiento de sus funciones y su participación activa en la dinámica
institucional, entre otras.
EL DECRETO 499-12 QUE ESTABLECE MEDIDAS DE AUSTERIDAD.
Otra medida que tomó el Presidente de la
República, Danilo Medina dentro sus primeros 100 días de su gobierno y
que demuestra que quiere el control, lo ha sido la puesta en vigencia
del Decreto 499-12 que establece medidas de austeridad.
Con este decreto el Presidente sostiene que
“constituye una prioridad de la actual administración ajustar los gastos
de los órganos y entes que conforman la administración pública, así
como los organismos autónomos y descentralizados instituidos por leyes, a
través de medidas dirigidas a racionalizar el gasto en el sector
público y a mejorar el sistema de rendición de cuentas”
EL DECRETO 543-12 QUE ESTABLECE UN NUEVO
REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES,
SERVICIOS, OBRAS Y CONCESIONES.
El Presidente de la República, emitió el decreto
543-12 que establece un nuevo Reglamento de la Ley Sobre Compras y
Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, el cual
deroga y sustituye el Reglamento 490-07, de fecha 30 de agosto del 2007.
Este nuevo reglamento, contiene las normas
generales, procedimientos especiales, registro de proveedores del
Estado, sanciones, procedimientos de selección, condiciones, evaluación
de propuestas, contenido y forma de los contratos, facultades y
obligaciones, potestad y procedimientos de investigación, en materia de
compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías.
EL DECRETO 545-12 QUE DISPONE SUPRIMIR LAS ENTIDADES CONARE, CONAEJ, CARMJ
El Presidente de la República, Lic. Danilo
Medina, emitió el decreto 545-12, con el cual dispuso que sean
suprimidas las siguientes entidades públicas: el Consejo Nacional de
Reforma del Estado (Conare), el Comisionado de Apoyo a la Reforma y
Modernización de la Justicia (Carmj) y la Comisión Nacional de Ejecución
de la Reforma Procesal Penal (Conaej).
Entre las justificaciones de los considerandos de
este decreto dice que en lo relativo a dichas instituciones, las mismas
eran estructuras transitorias, cuya razón de ser y objetivos se han
cumplido.
EL DECRETO 569-12 QUE DISPONE EL TRASPASO A LA
BOLSA AGROEMPRESARIAL, EL MECANISMO UTILIZADO PARA LA LICITACION DE LAS
COMPRAS DE INSUMOS AGRICOLAS QUE DEMANDA EL PAIS.
Una medida también de suma transcendencia y de
control, lo fue la disposición del Presidente de la República de
traspasar mediante el decreto 569-12 a la Bolsa Agroempresarial de
Republica Dominicana (BARD), organismo dependiente de la Junta
Agroempresarial Dominicana (JAD), el mecanismo utilizado para la
licitación de las compras de insumos agrícolas que demanda la nación.
Con este decreto se pone en vigencia el reglamento que establece los
procedimientos generales para la asignación de los contingentes
arancelarios de la ratificación técnica.
La ratificación técnica es un régimen de arancel-cuota que permite la importación de ciertos productos hasta cierto volumen límite o cuota como el arroz, el azúcar refino y morena, así como la carne de pollo, el ajo, la cebolla, el maíz, las habichuelas y la leche en polvo.
La ratificación técnica es un régimen de arancel-cuota que permite la importación de ciertos productos hasta cierto volumen límite o cuota como el arroz, el azúcar refino y morena, así como la carne de pollo, el ajo, la cebolla, el maíz, las habichuelas y la leche en polvo.
Este decreto señala que los ingresos generados por
concepto de arancel aplicado a las importaciones de los productos bajo
contingentes arancelarios, serán enviados a la Tesorería Nacional a
través de la Dirección General de Aduanas (DGA)
Con la puesta en vigencia de esta importante medida de control, el Gobierno entiende que es moralmente necesario establecer un procedimiento de asignación de los contingentes arancelarios que sea público, simple, transparente, abierto, competitivo, imparcial y que no constituya un obstáculo al comercio.
Con la puesta en vigencia de esta importante medida de control, el Gobierno entiende que es moralmente necesario establecer un procedimiento de asignación de los contingentes arancelarios que sea público, simple, transparente, abierto, competitivo, imparcial y que no constituya un obstáculo al comercio.
EL DECRETO 616-12 QUE ORDENA A LA CONTRALORIA
GENERAL DE LA REPUBLICA SUSPENDER TODO APORTE DE FONDOS PUBLICOS A LOS
FONDOS DE PLANES COMPLEMENTARIOS DE PENSIONES
Una media muy directa de control tomada por el
Presidente Danilo Medina, dentro de sus primeros 100 días de gobierno,
lo fue el de ordenar mediante el decreto 616-12 a la Contraloría General
de la República de suspender todo aporte de fondos públicos a los
fondos y/o planes complementarios de pensiones.
Con esta disposición el nuevo gobierno busca
evitar cualquier uso inapropiado por las instituciones públicas para
los planes de pensiones de sus funcionarios y empleados, al tiempo que
envía una clara señal de su compromiso con el buen uso de los fondos
públicos.
Este decreto dispone que la Contraloría General de
la República, proceda a suspender todo aporte de Fondos Públicos que
realicen la Administración Central del Estado, las instituciones
autónomas y descentralizadas y autónomas y descentralizadas financieras y
no financieras, instituidas por la ley, las instituciones públicas de
la seguridad social, las empresas publicas financieras y no financieras,
los Ayuntamientos de los Municipios y del Distrito Nacional, a los
Fondos y Planes Complementarios de Pensiones existentes.
Indica que los fondos aportados por las
instituciones públicas a los planes complementarios de pensiones deben
ser retornados a las mismas, para el correcto uso en el marco de sus
presupuestos de gastos correspondientes.
También señala que las instituciones públicas
podrán crear fondos de pensiones complementarios, siempre y cuando los
mismos se sustenten sobre la contribución definida realizada única y
exclusivamente por los afiliados y fundamentados en la capitalización
individual que asegure la sostenibilidad financiera y el equilibrio
económico.
EL DECRETO 626-12 QUE CREA LA VENTANILLA ÚNICA DE INVERSIÓN
La creación de la Ventanilla Única de Inversión,
puesta en vigencia por el Sr. Presidente de la República, mediante el
decreto 626-12 es otra medida de control y tiene como finalidad de
eficientizar y agilizar los procesos de inversión nacional y del
exterior en el país.
Este decreto presidencial declara de interés
nacional el fomento de la inversión, el aumento de los flujos de
inversión y el mejoramiento del clima de negocios en la República
Dominicana.
El Gobierno estima que con la creación de la ventanilla única contribuirá a la creación de más de 400 mil nuevos empleos.
LOS DECRETOS 647, 648 Y 649-12 QUE DISPONEN SUPRIMIR TRES NUEVAS ENTIDADES PUBLICAS
El Presidente de la República, Lic. Danilo
Medina, emitió tres decretos, con los cuales dispuso suprimir tres
entidades más, se trata de la Oficina de Consultaría de Cooperación,
Educación, Ciencia y Tecnología, adscrita a la Presidencia de la
República; la Oficina Presidencial de Iniciativas Democráticas y la
Comisión Presidencial sobre los Objetivos del Milenio y Desarrollo
Sostenible.
Estas medidas de control y de ahorros están consignadas en los decretos números 647-12, 648-12 y el 649-12.
En cada uno de estos decretos el Presidente de la
República fundamenta su decisión en que ya esas instituciones
cumplieron con su cometido.
Todas estas medidas que ha tomado el Presidente
de la República, Lic. Danilo Medina, en sus primeros 100 días de
gobierno han sido valoradas y muestran que la República Dominicana
cuenta con un Presidente que quiere el control y que entre todos debemos
seguir apoyando para que continúe fomentado en todo el sector público
dominicano “Una Nueva “Cultura de Administración y Control” para
garantizar el buen manejo, la transparencia y la rendición de cuentas de
los recursos públicos a cargo de los funcionarios y servidores de la
Administración Pública.
Ex presidente del Instituto de Auditores Internos de la República Dominicana.
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