Santo Domingo;- Al observar la ley que crea el Parque Nacional Loma Miranda, el
presidente Danilo Medina actuó bajo los lineamientos constitucionales
correctos, según afirmó esta mañana el jurista experto en Derecho
Constitucional, Flavio Darío Espinal.
Refirió que normalmente el Presidente de la República observa una ley en
base a consideraciones de idoneidad, oportunidad, enfoque de políticas
públicas, es decir, va más al aspecto que concierne al contenido de la
pieza, porque se trata de una cuestión política, en el sentido de que
participa, como co-legislador en la formulación de las leyes.
Flavio Darío Espinal manifestó que en el caso de la pieza que consigna a
Loma Miranda Parque Nacional, el presidente Danilo Medina adoptó una
modalidad de observación que muy pocas veces se utiliza y que sustenta
la devolución al Congreso Nacional fundamentándose en consideraciones de
orden constitucional.
Explicó que cuando se creó el sistema presidencial en los Estados
Unidos, los primeros presidentes entendieron que el “veto”, como se
llama usualmente en esa nación, podría ser por razones de
constitucionalidad.
El experto jurista en materia constitucional habló en el programa A
Diario, que conduce el periodista Cristhian Jiménez a través de Digital
15.
Entre sus consideraciones sobre la razón constitucional de la
disposición del Jefe de Estado dominicano, Espinal citó un ejemplo
reciente de cuando el Congreso estadounidense, de manera unánime, le
envió una ley al presidente Barack Obama, que prohibía aceptar como
embajador de las Naciones Unidas a un personaje nominado por Irán.
Como dicha la pieza contaba con mucho apoyo popular, el Ejecutivo
norteamericano firmó la ley, pero al mismo tiempo declaró que era
inaplicable porque él tiene una facultad constitucional de aceptar o no
aceptar embajadores que llegan de otros países.
Retomando el tema dominicano, el justa expresó: “De modo que el
presidente Medina, con relación a este punto utilizó razones
constitucionales para observar la ley y no podía ser de otra manera
porque lo que la ley hace es declarar un lugar, Loma Miranda, Parque
Nacional. No como una ley, digamos de reforma fiscal, que tiene 300
artículos y tú puedes escoger allí o aquí y establecer que por tal
razón, yo voy a observar la ley para que me cambien tres artículos”.
Espinal consideró que tanto el Congreso Nacional como el Presidente de
la República juegan un rol en la concepción de las leyes, de modo que
el Presidente puede introducir proyectos de leyes y promulgar esas
leyes y los legisladores introducen de igual modo proyectos de leyes y
son los que las aprueban.
“Lo que ha ocurrido ahora es que no hay ley. La Ley (Loma Miranda Parque
Nacional) se cayó y como la ley se cayó, y se cayó por buenas razones,
sencillamente el Presidente la devolvió donde tenía que devolverla, que
es de donde la recibió, que fue del Senado. La presidenta del Senado
consulta a los senadores sobre lo que piensan de la decisión del
Ejecutivo y la gran mayoría aceptó las observaciones; quiere decir que
el proyecto se cayó”, recalcó.
Flavio Darío Espinal indicó que para que esta pieza “no se cayera”,
hacía falta que las dos terceras partes de los senadores presentes o
quórum, la aprobaran primero; pasar a la Cámara de Diputados después, y
dos terceras partes aprobarla nuevamente y devolverla al Presidente,
quien entonces hubiese estado obligado a promulgarla.
Resaltó que como no fue aprobada nuevamente en el Senado, no tenía que
pasar a la Cámara de Diputados y “entonces ahora mismo no hay nada que
llevar al Tribunal Constitucional”.
Esto ocurre, observó, “porque en República Dominicana no existe el
control preventivo de las leyes y, por tanto, ya no hay nada que mandar
al Tribunal Constitucional; para mí eso acabó ahí”.
Expuso que en su objeto la referida pieza es una declaratoria de un
lugar en Parque Nacional, “y creo que Medina hizo lo correcto con
razones constitucionales”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario