El canciller Roberto Alvarez con los pasos que esta dando, esta demostrando que debio ser nombrado por el gobierno haitiano y no por el dominicano, la semana pasada estuvo con una comisión por un pueblo de la frontera chequeando los limites territoriales ( Bornes) y segun comentario por mover los bornes o mojones que limitan la frontera con Haití a pedido de su homologo haitiano el canciller y su gobierno.
De ser cierta esta información el canciller ¨ si darse cuenta ¨ ni leer lo que reza la constitución de la R.D esta violando infragantemente el articulo 3. sobre la inviolabilidad de la soberanía y prinicipio de no intervención.
Que reza: La soberanía de la Nación dominicana, Estado libre e independiente de todo poder extranjero, es inviolable. Ninguno de los poderes públicos organizados por la presente constitución puede realizar o permitir la realización de actos que constituyan una intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la República Dominicana o una injerencia que atente contra la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran en esta constitución. El principio de la no intervención constituye una norma invariable de la politica internacional dominicana.
Tambien viola el artículo 9.- Territorio Nacional. El territorio de la República Dominicana es inalienable. Está conformado por: 1-) La parte oriental de la isla de Santo Domingo, sus islas adyacentes y el conjunto de elementos naturales de su geomorfología marina. Sus limites terrestres irreductibles están fijados por el tratado Fronterizo de 1929 y su protocolo de Revisión de 1935. Las autoridades nacionales velan por el cuidado, protección y mantenimiento de los bornes que identifican el trazado de la línea de demarcación fronteriza, de conformidad con lo dispuesto en el tratado fronterizo y en las normas de Derecho Internacional.
2) El mar territorial, el suelo y subsuelo marinos correspondientes. La extensión del mar territorial, sus líneas de base, zona contigua, zona económica exclusiva y la plataforma continental serán establecidas y reguladas por la ley orgánica o por acuerdos de delimitación de fronteras marinas. en los términos más favorables permitidos por el Derecho del Mar.
3) El espacio aéreo sobre el territorioo nacional, el espectro electromagnético y el espacio donde éste actúa. La ley regulara el uso de estos espacios de conformidad con las normas del Derecho Internacional.
El pueblo Dominicano es respectuoso de los limites y el derecho de su territorio de los haitianos, pero no permitira bajo ningún concepto que el canciller Roberto Alvarez y los intereses de la comunidad internacional de violar nuestra constitución, convertir el país en campos de refugiados, que es violatorio a nuestra soberania nacional y nuestra constitución, el pueblo esta con ojo visor y no dara tregua a lo mal sano intereses de la comunidad internacional y este canciller titére que ha nombrado el gobierno del Lic. Luis Abinader en perjuicio del pueblo dominicano.
Por William Reyna Riva ;-
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