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lunes, noviembre 19, 2018

TC deja en estado de fallo tres recursos en contra de la Ley de Partidos

Rodriguez manifestó que no se debe pensar que solamente mensajes positivos o favorables sobre los candidatos se difundan a través de  las redes sociales… “sobre todo cuando en República Dominicana tenemos un problema de falta de transparencia y de corrupción administrativa que debe ser llevado al debate público”. 
Santo Domingo;- El Tribunal Constitucional (TC) dejó este lunes tres recursos en estado de fallo, que fueron depositados en contra de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
La audiencia presidida por el presidente del TC, Milton Ray Guevara, también declaró en estado de urgencia las tres acciones de inconstitucionalidad en contra de la referida ley, promulgada el 13 de agosto de este año.
Los abogados Namphi A. Rodríguez y Héctor Herrera Cabral, representando la Fundación Prensa y Derecho, solicitaron a los jueces del tribunal declarar nulo e inconstitucional el artículo 44, numeral 6, de la Ley de Partidos, por entender que viola los derechos de libertad de expresión.
De acuerdo con el numeral 44,  la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley No.53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
Para Rodríguez, quien entiende que la ley es inconstitucional, el tribunal deberá pronunciarse, y explicó que aquellos que violen este articulo tendrán penas privativas  de libertad de hasta de dos años de prisión.
“Nosotros decimos que quiénes serán los iluminados  para determinar qué es un mensaje negativo y qué es un mensaje positivo, pero además nos preguntamos si en medio del debate público sobre el accionar de un precandidato los ciudadanos tienen el derecho de recibir mensajes positivos y negativos sobre ese candidato, que es lo que forma la opinión pública”, expresó.
Manifestó que no se debe pensar que solamente mensajes positivos o favorables sobre los candidatos se difundan a través de  las redes sociales… “sobre todo cuando en República Dominicana tenemos un problema de falta de transparencia y de corrupción administrativa que debe ser llevado al debate público”.
En tanto, que los representantes legales del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) Juan Jesús de Peña Ventura, Pascual Guzmán y José Ramón Ovalle Vicente, sometieron una acción en contra del párrafo III, del artículo 45, de las referida ley, que dispone que el organismo competente en cada partido, para decidir el tipo de registro de electores o el padrón a utilizar en el proceso de selección de candidatos o candidatas y  la modalidad y método a utilizar son Comité Central, Comisión Ejecutiva, Comisión Política, Comité Nacional o el equivalente a uno de estos.
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