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martes, septiembre 11, 2018

Los números no dan para reelección en Asamblea Revisora

Para cambiar la Constitución se necesitan 148 votos de los 222 asambleístas; para detenerla se requieren 74 votos
Luego que el Tribunal Constitucional con la sentencia 0352/18 cerró el camino judicial para una nueva reelección del presidente Danilo Medina para las elecciones del 2020, el debate se traslada al escenario del Congreso Nacional por ser la única vía que tiene el mandatario para quitar el impedimento constitucional.
El problema es que, hasta ahora, el sector del presidente Medina y sus seguidores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) no cuentan con los 148 votos que necesitarían para reformar la Constitución por segunda vez, sea para eliminar la disposición transitoria vigésima o para cambiar el artículo 124, que versa sobre el periodo del ejercicio presidencial.
El artículo 271 de la Constitución establece el quórum de la Asamblea Nacional Revisora. “Para resolver acerca de la reforma propuesta, la Asamblea Nacional Revisora se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declara la necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las cámaras. Sus decisiones se tomarán por la mayoría de las dos terceras partes de los votos”.
De un total de 222 asambleístas que tiene la Asamblea Nacional Revisora, 32 senadores y 190 diputados, para modificar la Constitución se necesitan 148 votos en caso de que asistan todos los legisladores, pues ese número representa las dos terceras parte del universo.
Hasta ahora, votarían a favor de una modificación a la Constitución para habilitar al presidente Medina 114 asambleístas, 23 senadores y 91 diputados. Esos 114 legisladores los componen 72 diputados danilistas del PLD y 22 senadores. Además, el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) con 14 diputados; el Bloque Institucional Social Demócrata (BIS), un diputado y un senador; el Partido Liberal Reformista (PRL), con tres legisladores y un diputado del Moda. En ese escenario faltarían 34 votos.
El senador del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y los 11 diputados de la organización, probablemente se sumen a esa propuesta, aunque hasta ahora han dicho que no hay condiciones para modificar la Constitución para reelegir al presidente Medina.
En caso de que el PRSC lo apoye entonces sumarían 126 votos, por lo que faltarían 22 votos para alcanzar el número mágico de 148 votos.
Para los contrarios a la reforma, el número clave es 74 y hasta ahora los firmes contra una nueva reforma suman 96 votos, por lo que estarían en un sobregiro de 22. Esos 96 votos en contra los componen 40 seguidores de Leonel Fernández en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), 34 diputados y seis senadores.
Además, 52 legisladores del Partido Revolucionario Moderno (PRM), 50 diputados y dos senadores. También, cuatro diputados de igual número de partidos minoritarios. Con uno cada uno, Alianza País, Frente Amplio, Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) y Partido Popular Cristiano.
En caso de que el PRSC mantenga su rechazo y voto unificado los asambleísta en contra sumarían 108.
En el caso del PRM es difícil que en esta ocasión el presidente Medina logre apoyo del sector de Hipólito Mejía, que tiene 17 diputados que le siguen fielmente, pues el expresidente salió a la calle en busca de la candidatura de su partido y no sería inteligente apoyar una reforma si su proyecto va en serio como parece.
Construcción del discurso
El discurso que han asumido los colaboradores del presidente Medina en el PLD y el Gobierno, como el ministro de Interior y Policía y miembro del Comité Político, José Ramón (Monchy) Fadul, es que el “nunca jamás” instituido en el artículo 124 de la Constitución solo afecta al presidente Medina, pero ese argumento es contradictorio a lo que ellos mismos plantearon en el 2015 para impulsar un proyecto de reforma que permitiera la reelección de Medina.
Entre los sectores organizados que se han pronunciado contrario a una nueva reforma figuran la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (Anje), Participación Ciudadana y las iglesias evangélicas y católica, en las voces de Fidel Lorenzo y Monseñor Víctor Masalles, respectivamente. Igualmente, el proyecto no cuenta con apoyo popular, según se puede constatar en las encuestas que se publican. La mayoría de los estudios de opinión establecen que entre el 62% y el 70% de la población rechaza se cambie la Constitución de nuevo.
Los pasos para reforma
Los pasos para convocar la Asamblea Nacional Revisora de la Constitución están establecidos en el artículo 270 de la Constitución que señala: “La necesidad de la reforma constitucional se declarará por una ley de convocatoria. Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, contendrá el objeto de la reforma e indicará el o los artículos de la Constitución sobre los cuales versará”. En el 2015 hubo una amplia discusión sobre si la ley que declara la necesidad de la reforma requiere mayoría calificada para ser aprobada. Una sentencia del Tribunal Constitucional dictaminó que es con mayoría simple.
Por Yanessi Espinal ;-
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