El tiempo es el gran problema que enfrenta el PLD para hacer
primarias abiertas y por eso pedirá a la JCE una extensión del plazo de
75 días que dio el organismo para definir el padrón.
Conforme lo establecido en el proyecto de reglamento sobre la
celebración de primarias simultáneas que elaboró la Junta Central
Electoral (JCE) y que discutirá con los partidos políticos, el Partido
de la Liberación Dominicana (PLD) tendrá que hacer una reforma
estatutaria para hacer primarias abiertas.
Para eso tendrá que convocar
el Congreso, que es el organismo facultado para cambiar las reglas
internas, pero el tiempo y las diferencias internas no le favorecen para
llevar a cabo esa tarea.
El artículo 43 de los estatutos de la organización establece que los
candidatos se escogen mediante primarias internas (padrón cerrado), por
tanto, la organización no tendría que modificar sus normas si se acoge a
esa modalidad.
El artículo 3 y 27 del proyecto de reglamento de la JCE especifican
sobre la necesidad de adaptar los estatutos a la modalidad de elección.
Artículo tres: “Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, de
ser necesario, adecuarán el estatuto a la modalidad de elección interna
que decida la organización”.
El artículo 27 reza: “Los partidos, agrupaciones y movimientos
políticos, establecerán en sus respectivos estatutos, la modalidad de
escogencia de sus candidatos a puestos de elección popular consagrado en
la Constitución y las leyes”.
En el Partido Revolucionario Moderno (PRM) la modificación
estatutaria no sería necesaria, pues sus estatutos establecen una
diversidad de mecanismos para la escogencia de los candidatos entre los
que figura primarias, pero no establece si abiertas o cerradas. En esta
ocasión, la Comisión Ejecutiva del PRM informó que decidió escoger sus
candidatos con padrón cerrado.
Por otra parte, el reglamento establece que en las votaciones
primarias para escoger a los candidatos, los aspirantes no tendrán
representación en los colegios de votación, sino que serán dos, un
titular y un delegado, por cada partido.
Igualmente, establece que en el periodo anterior a la precampaña los
dirigentes políticos que aspiren a ser precandidatos puedan realizar
actividades en los locales de los partidos u otros espacios cerrados.
Sin embargo, prohíbe actividades que obstaculicen el tránsito o uso de
propaganda como gorras, camisetas y afiches, calcomanías, entre otros.
Por Yanessi Espinal ;-
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