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martes, julio 24, 2018

Ley Lavado de Activo impacta ventas de sectores

La Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo genera interrogantes en la economía y su impacto se ha ido sintiendo en actividades económicas como la construcción inmobiliaria y la venta de vehículos, sectores que son parte de los denominados sujetos obligados no financieros en la legislación dominicana.
La pieza manda a conocer a los clientes y en uno de sus artículos introduce la evasión fiscal como precedente de lavado de activos, con multas y sanciones más fuertes que las contempladas como delito en el Código Tributario vigente.
Al tratarse de una figura nueva, introducida por mandato del Gafilat, organismo internacional del cual el país es parte, RD se ha visto obligado a aplicarla.
Sin embargo, muchos compradores por desconocimiento o cualquier otra razón se mantienen regazados en la adquisición de bienes inmuebles y de vehículos según confirman los presidentes de las asociaciones de Promotores y Constructores de Viviendas (Acoprovi); y de Agencias Distribuidoras de Vehículos (Anadive).
El Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat) es una organización intergubernamental regional que agrupa a 17 países de América del Sur, Centroamérica, América del Norte y el Caribe para prevenir y combatir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Constructores de viviendas
De acuerdo con Susi Gatón, presidenta de la Acoprovi, la Ley de Lavado ha lentificado la colocación de viviendas, sobre todo, las que están amparadas bajo la Ley de Fideicomiso, que en su mayoría son de bajo costo.
Explicó que generalmente las personas que compran viviendas de bajo costo realizan sus operacionde de manera informal. Recuerda que en el país funciona la informalidad en un 57%; incluyendo a muchas Mipymes que operan en informalidad y no tienen cómo demostrar el ingreso que reciben. Puso de ejemplo a una compradora que su salario es muy bajo y recibe más ingresos con la venta de ropas, actividad que utiliza de manera informal.
Autos
Como parte del grupo de sectores económicos que son sujejos obligados no financieros en la Ley 155-17, las ventas de vehículos se encuentran con muchas limitaciones, a juicio del presidente de la Anadive, Marlon Bonelly, quien explicó que el cliente que es quien tiene que ser sometido a la debida diligencia, una investigación previa que hacen los “dealers”como sujetos obligados, no está acostumbrado a esto. Sostuvo que las operaciones de compra de vehículos, sobre todo de agricultores, se han estancado, impactando las ventas de manera significativa en un 50% de las operaciones, por lo que en interés de cumplir con esas regulaciones que ellos apoyan de forma gradual, hasta que los compradores se acostumbren, porque en este proceso se están afectando los negocios y no se puede convertir al país en una Suecia de un día para otro.
Las cifras del Banco Central desmienten esa desaceleración, sino que dicen todo lo contrario.
La ley no evita hacer negocio, solo crea formalidades en la relación con el cliente, y formalidades en la creación y operación de las empresas que son sujetos obligados. Para mí es un tema mayoritariamente de curva de aprendizaje y de conocimiento de la población.
Tomar a una persona que va a comprar un vehículo e identificarlo y hacer un proceso de vinculación que conlleva llenar un formulario básico es algo nuevo para todos. La parte complicada tiene que ver con el conocimiento de la procedencia de los fondos y el control del sujeto obligado de entender razonablemente que los fondos recibidos no proviniesen de un crimen. Si la sociedad está cansada de la corrupción y el crimen en general, me parece a mí una oportunidad de hacerle frente combatiendo el crimen financieramente”,explicó el especialita Roberto Mella Cohn.
Por Cándida Acosta ;-
candida.acosta@listindiario.com

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