La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo
Domingo Oeste dictó este jueves un año de prisión preventiva a solicitud
del Ministerio Público en contra de tres personas implicadas en el
homicidio del abogado y profesor de la Universidad Autónoma de Santo
Domingo (UASD), Yuniol Ramírez Ferreira.
La medida cautelar fue impuesta al exdirector de la Oficina
Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA), Manuel Antonio Rivas; al
director financiero de esa institución, Faustino Rosario Díaz, y a José
Antonio Mercado Blanco, alias El Grande.
En un comunicado de prensa, el Ministerio Público indicó que Rivas
fue enviado al Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo, en San
Cristóbal; Rosario Díaz al Centro de Corrección y Rehabilitación para
Militares en Conflicto con la Ley, en Villa Mella, mientras que Mercado
Blanco fue enviado a la Penitenciaría Nacional de la Victoria.
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Durante el conocimiento de la medida de coerción, la jueza Leonarda
Quezada rechazó un incidente presentado por los familiares del abogado
fallecido para que el expediente fuera declinado a la jurisdicción del
Distrito Nacional.
La institución recordó que por este caso la Fiscalía de Santo Domingo
también solicitó la imposición de un año de prisión preventiva en
contra del prófugo Argenis Contreras González, contra el cual existe una
orden de captura internacional por ante la Organización de la Policía
Internacional (Interpol).
En ese mismo orden, dijo que en el marco de la investigación también
fue apresado la noche del pasado miércoles 18 de octubre, el
empresario Eddy Rafael Santana Zorrilla, a quien no se la ha dictado
medida de coerción.
Conforme a las investigaciones, el abogado habría sido raptado el
pasado miércoles 11 de octubre, en horas de la tarde, en momentos en que
impartía docencia en el campus principal de la Universidad Autónoma de
Santo Domingo (UASD), siendo encontrado el cadáver al día siguiente por
las autoridades en la citada zona.
El Ministerio Público otorgó a este caso la calificación jurídica
provisional de violación a los artículos 123, 124, 125, 166, 167, 170,
171, 172, 265, 266, 295, 296, 297, 298 y 301 del Código Penal
Dominicano, los artículos 66 y 67 la Ley 631-16 para el Control y
Regulación de Armas, Municiones y Material Relacionado.
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