Sentenciado. Blas Peralta, luego de ser senteciado a la pena máxima por el asesinato de Mateo Aquino Febrillet. |
Esta es la transmisión en vivo de la lectura de la sentencia contra el empresario del transporte Blas Peralta, así como de otros implicados en el asesinato del exrector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Mateo Aquino Febrillet.
Esta mañana, la viuda del exrector universitario mostró la ropa
ensangrentada de Mateo Aquino Febrillet, y pidió al tribunal que condene
al empresario del transporte Blas Peralta a la pena máxima de 30 años.
Durante el juicio de fondo Peralta admitió haber disparado contra el
vehículo en el que se encontraba el catedrático universitario, y aseguró
pensar que la yipeta en la que se desplazaba era blindada. También dijo
que no tenía intenciones de matar Febrillet.
El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó al empresario del transporte de carga, Blas Peralta, a 30 años de prisión por el asesinato del exrector de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, Mateo Aquino Febrillet. Además, Peralta deberá pagar una indemnización de 32 millones de pesos a la viuda, a los hijos y otros familiares del académico y excandidato a senador por San Cristóbal.
Asimisimo, como cómplices fueron condenados el excoronel de la Policía y jefe de seguridad de Peralta, Rafael Herrera Peña, quien deberá cumplir cinco años como reclusión mayor con una condena reducida de 3 años, como pidió el ministerio público. Mientras que Gerardo Félix Bautista Mena y Franklin Alejandro Venegas, ocho años de reclusión mayor a cada uno.
Peralta deberá purgar su condena a la pena máxima en el Centro de Rehabilitación de La Romana; el excoronel Herrera Peña en Najayo, y Bautista Mena, junto a Venegas, también en Najayo. La decisión fue tomada por las juezas Ingrid Fernández, Claribel Nivar y Leticia Matos.
Las magistradas hicieron una extensa motivación antes de leer el dispositivo de la sentencia que será leída íntegramente el primero de agosto a las nueve de la mañana.
Las petiiciones de la Fiscal del Distrito Nacional fueron acogidas casi en su totalidad, expresándose que en el caso del coronel, éste mostró cierto arrepentimiento de haber participado en el asesinato de Mateo Aquino Febrillet.
Sobre Peralta, presidente de la Federación Nacional de Transporte Dominicano (Fenatrado), el tribunal rechazó peticiones de los abogados de la defensa que habían considerado que su defendido había cometido homicidio involuntario.
La juez presidenta del tribunal dijo que la acción cometida por el dirigente camionero tenía la categoría de asesinato, además de tentativa de asesinato contra Edward Montás y otras personas a quienes disparó y que iban en la jeepeta de Mateo Aquino Febrillet cuando produjo los disparos indiscriminadamente.
Al prinicipio de la sesión hubo desesperación y especulaciones de todo tipo, debido a que al mediodía las juezas habían recesado para dar el veredicto a las siete de la noche y no fue hasta las nueve, cuando ingresaron al tribunal, muchos decían que si una decisión bien ponderada necesitaba de tiempo debieron recesar hasta hoy para emitir el fallo.
Una notable presencia de empleados y académicos de la UASD en el salón en todo momento, expresando su solidaridad a los familiares del malogrado académico, encabezados por su rector, Iván Grullón. En sus motivaciones las magistradas expresaron que las pruebas presentadas y los testimonios presenciales y referenciales cumplieron con todos los requisitos de la norma, tras ponderar, en una narrativa amplia de los hechos que se dieron el 11 de marzo de 2016, la fecha fatídica, en un restaurante, en la avenida Anacaona, donde se buscaba una avenencia a un conflicto entre Peralta y Edward Montás, del cual Febrillet era el mediador, relatando el trayecto que hubo y la persecución que desembocó en la tragedia.
Los acontecimientos ocurrieron en la campaña electoral de 2016, luego de una reunión entre Peralta, Febrillet y otros miembros del Partido Revolucionario Moderno (PRM), cuando terminaban de acordar la boleta electoral de la organización política en la provincia San Cristóbal.
Asimisimo, como cómplices fueron condenados el excoronel de la Policía y jefe de seguridad de Peralta, Rafael Herrera Peña, quien deberá cumplir cinco años como reclusión mayor con una condena reducida de 3 años, como pidió el ministerio público. Mientras que Gerardo Félix Bautista Mena y Franklin Alejandro Venegas, ocho años de reclusión mayor a cada uno.
Peralta deberá purgar su condena a la pena máxima en el Centro de Rehabilitación de La Romana; el excoronel Herrera Peña en Najayo, y Bautista Mena, junto a Venegas, también en Najayo. La decisión fue tomada por las juezas Ingrid Fernández, Claribel Nivar y Leticia Matos.
Las magistradas hicieron una extensa motivación antes de leer el dispositivo de la sentencia que será leída íntegramente el primero de agosto a las nueve de la mañana.
Las petiiciones de la Fiscal del Distrito Nacional fueron acogidas casi en su totalidad, expresándose que en el caso del coronel, éste mostró cierto arrepentimiento de haber participado en el asesinato de Mateo Aquino Febrillet.
Sobre Peralta, presidente de la Federación Nacional de Transporte Dominicano (Fenatrado), el tribunal rechazó peticiones de los abogados de la defensa que habían considerado que su defendido había cometido homicidio involuntario.
La juez presidenta del tribunal dijo que la acción cometida por el dirigente camionero tenía la categoría de asesinato, además de tentativa de asesinato contra Edward Montás y otras personas a quienes disparó y que iban en la jeepeta de Mateo Aquino Febrillet cuando produjo los disparos indiscriminadamente.
Al prinicipio de la sesión hubo desesperación y especulaciones de todo tipo, debido a que al mediodía las juezas habían recesado para dar el veredicto a las siete de la noche y no fue hasta las nueve, cuando ingresaron al tribunal, muchos decían que si una decisión bien ponderada necesitaba de tiempo debieron recesar hasta hoy para emitir el fallo.
Una notable presencia de empleados y académicos de la UASD en el salón en todo momento, expresando su solidaridad a los familiares del malogrado académico, encabezados por su rector, Iván Grullón. En sus motivaciones las magistradas expresaron que las pruebas presentadas y los testimonios presenciales y referenciales cumplieron con todos los requisitos de la norma, tras ponderar, en una narrativa amplia de los hechos que se dieron el 11 de marzo de 2016, la fecha fatídica, en un restaurante, en la avenida Anacaona, donde se buscaba una avenencia a un conflicto entre Peralta y Edward Montás, del cual Febrillet era el mediador, relatando el trayecto que hubo y la persecución que desembocó en la tragedia.
Los acontecimientos ocurrieron en la campaña electoral de 2016, luego de una reunión entre Peralta, Febrillet y otros miembros del Partido Revolucionario Moderno (PRM), cuando terminaban de acordar la boleta electoral de la organización política en la provincia San Cristóbal.
No hay comentarios:
Publicar un comentario