Juliana Deguis Pierre dijo que no había ido a buscar las certificaciones de sus hijos en los hospitales donde nacieron, porque no tiene siquiera el dinero del pasaje del transporte público |
NIÑOS VAN A LA ESCUELA SIN DOCUMENTACIÓN.
Deguis rechazó ayuda para registrar a hijos
DECLARACIÓN. COMISIÓN DE LA JCE ACUDE A SU RESIDENCIA
Deguis rechazó ayuda para registrar a hijos
DECLARACIÓN. COMISIÓN DE LA JCE ACUDE A SU RESIDENCIA
Juliana Deguis Pierre habría rechazado la asistencia de la Junta
Central Electoral (JCE) para declarar de forma tardía a sus cuatro
hijos, según consta en un informe de la Dirección de Inspectoría de la
JCE, que acudió a su residencia para conocer y ayudarle en los procesos
de declaraciones.
La señora Deguis Pierre le habría dicho a la JCE que aun no ha
realizado ninguna solicitud de declaración tardía de nacimiento y que se
encuentra en el proceso de obtener las certificaciones de nacidos vivos
de sus hijos en los hospitales donde nacieron, para entonces
depositarlas en las Oficialías correspondientes.
El informe está a la firma de Enrique Bolívar Peña Valentín,
inspector de la JCE, quien afirma haber invitado a la señora Deguis a la
Oficialía de Yamasá, en Monte Plata, para explicarle el procedimiento
que debía seguir para que sus hijos sean inscritos en el Registro Civil.
Dice Peña Valentín en su informe que en un principio la señora Deguis
Pierre estuvo de acuerdo en acompañarle hasta que habló con la señora
María Candido, que previamente se había identificado como enlace de la
comunidad con Deguis.
“Nos informó que se había comunicado con su abogado y que éste le
había recomendado no hablar con nadie sin su presidencia, que no nos
acompañara a ningún lado, porque él tenía que estar presente”, dice el
inspector en su informe.
El pasado miércoles el Listin diario publicó una entrevista que le
realizara Belkys Castillo, del medio de comunicación Proceso, donde
Juliana Deguis se quejaba de que los grupos de apoyo que le habían
respaldado en su lucha por la ciudadanía dominicana ahora le habían
abandonado. Esa declaración fue luego rechazada por su abogado, Genaro
Rincón, que asegura su cliente fue malinterpretada.
Su nombre se conoció por la sentencia 168-13 emitida por el Tribunal
Constitucional que versó sobre la nacionalidad dominicana y cómo se
accedía a ella, abriendo un debate que parece eterno sobre la situación
irregular de los migrantes en el país.
Deguis interpuso un recurso de amparo ante la justicia dominicana
cuando la JCE se negó a entregarle su cédula de identidad, con el
argumento de que su acta de nacimiento había sido emitida de manera
irregular.
No tiene siquiera el dinero del pasaje del transporte público, pero aquí ka vemos cuando intento viajar a los estados unidos por el aeropuerto de las América |
Una publicación del pasado miércoles recuenta que los
cuatro niños de Deguis tienen 15, 13, 9 y 7 años de edad. Uno de sus
lamentos es que están yendo a la escuela sin documentación, solo porque
una de sus profesoras los ha mantenido hasta que ella haga la
inscripción en el registro civil.
La documentación de nacidos vivos que Deguis necesita se encuentra en
la maternidad La Altagracia, y otros dos papeles en Villa Mella, donde
habrían nacido sus hijos. Dijo que no había hecho las declaraciones
porque no tiene siquiera el dinero del pasaje del transporte público
para movilizarse a realizar las diligencias.
A propósito de esta información la JCE envió al director de este
diario un expediente que contiene una fotocopia del acta transcrita de
la señora Deguis, que puede ser retirada en cualquier Oficialía del
Estado Civil en el país; también una fotocopia de la cedula de identidad
y electoral de Juliana y copia del informe levantado por el
Departamento de Inspectoría de la JCE.
Está a la firma de Félix Reyna, director de Comunicaciones. El
informe sobre la visita concluye con la recomendación de dar seguimiento
a este caso con la finalidad “de dar respuesta según corresponda, dando
fiel cumplimiento al mandato de la Ley 659 del 1944, sobre Actos del
Estado Civil, la Ley 169-14 y las demás disposiciones administrativas de
la JCE, en lo relativo a esta materia”.
EL MANDATO DE LA LEY Y DISPOSICIONES DE JCE
El informe sobre la visita concluye con la recomendación de dar
seguimiento a este caso con la finalidad “de dar respuesta según
corresponda, dando fiel cumplimiento al mandato de la Ley 659 del 1944,
sobre Actos del Estado Civil, la Ley 169-14 y las demás disposiciones
administrativas de la JCE, en lo relativo a esta materia”.
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