Santo Domingo;- El expresidente de la Suprema Corte de Justicia
(SCJ), Jorge Subero Isa, consideró que el proyecto de reforma
constitucional será aprobado sin mayores inconvenientes porque avizora
que habrá un gran acuerdo entre el presidente Danilo Medina y el
exmandatario Leonel Fernández.
El experto en derecho
constitucional, rechazó asimismo, que para aprobar la reforma
constitucional en lo relativo al restablecimiento de la reelección
presidencial por dos períodos consecutivos, sea ley orgánica y que como
tal requiera de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea
Nacional Revisora.
Subero Isa destacó que hay dos
procedimientos a través de los cuales se puede permitir la reelección,
uno es reformando la Constitución y otro es con una interpretación que
el Tribunal Constitucional emita, interpretando algún texto de la
Constitución y nos olvidamos de la Asamblea Revisora.
En torno al
proyecto de reforma constitucional aprobado por el Comité Político del
Partido de la Liberación Dominicana (PLD), el ex máximo representante de
la SCJ, dice que no le cabe duda que será acogido por la mayoría de los
senadores y diputados.
Dijo que basa su vaticinio en el hecho de
que los políticos partidistas son los que determinen todo el devenir del
país, incluyendo en materia constitucional.
Discriminación
Subero Isa entiende que impedirle al presidente Danilo Medina repostularse sería discriminatorio, partiendo del hecho de que en el caso de los senadores, diputados, síndicos y regidores, se les permitiría reelegirse.
Subero Isa entiende que impedirle al presidente Danilo Medina repostularse sería discriminatorio, partiendo del hecho de que en el caso de los senadores, diputados, síndicos y regidores, se les permitiría reelegirse.
Expuso que en el caso hipotético de que se trataran de
abortar en el Congreso Nacional el proyecto mediante el cual se
restablecería la reelección por dos períodos consecutivos y nunca más,
esquema que existe en los Estados Unidos, cualquiera de los proponentes
de esa reforma puede abrogarse el derecho de recurrir al Tribunal
Constitucional que podría revisar e interpretar el artículo 174 que
trata sobre la figura de la Mayoría Favorable.
Coincide con otros
expertos constitucionalistas que sostienen que para la modificación
constitucional para restablecer la reelección por dos períodos
consecutivos no se requiere de las dos terceras partes de la matrícula
de la Asamblea Revisora, por no tratarse de una ley orgánica.
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