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jueves, mayo 28, 2015

El Comité Político del PLD pone fin a crisis interna

LEONEL DIJO ANOCHE QUE EL ACUERDO PERMITIRÁ AL PLD SER OPCIÓN EN 2016
DAN A CONOCER EL COMPROMISO ASUMIDO POR EL PARTIDO.
Santo Domingo;- El Partido de la Liberación Dominicana presentó ayer el acuerdo firmado entre el presidente Danilo Medina y el expresidente Leonel Fernández, además del resto de los miembros de su Comité Político, que según estimó el secretario general, Reinaldo Pared Pérez, sella la unidad.
Los miembros de la máxima instancia de decisión del PLD asumieron el compromiso de impulsar la aprobación de una serie de medidas y acciones institucionales y de carácter partidario que “redundaría en beneficio de la unidad y el fortalecimiento.
1.-Se acuerda impulsar la decisión del Comité Político tomada el 19 de abril de proponer la modificación del artículo 124 de la Carta Magna y de agregarle a la misma un artículo transitorio. (El artículo 124 establece que el Presidente es elegido cada cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el periodo constitucional siguiente).
2.- Se acuerda respaldar e iniciar oportunamente a través de la representación legislativa una modificación de los artículos 270, 271 y 27 2de la Constitución (estos artículos hablan de la convocatoria a la Asamblea Nacional Revisora, el quórum de la Asamblea Nacional Revisora y el Referendo Aprobatorio, respectivamente), a los fines de fortalecer y hacer más calificados los porcentajes requeridos para la reforma de la misma a futuro.
3.-Hacer reservas, en sentido general, de cara a las elecciones del 2016 de las candidaturas a las senadurías y de la Cámara de Diputados que ostentan actualmente los compañeros y compañeras en ejercicio.
4.- Se reitera la actitud seguida por este organismo, de seleccionar, atendiendo a un criterio fundamentado en el equilibrio a quienes integrarán la presidencia y vicepresidencia de las cámaras legislativas.
5.- Mantener a los actuales incumbentes de las alcaldías y de los distritos municipales, siempre y cuando se demuestre un buen posicionamiento electoral en sus respectivas comunidades, excluyendo las candidaturas reservadas para fines de alianzas.
6.- Impulsar la posposición para el último trimestre del año 2020 del Congreso Nacional del PLD.
7.-Acoger el criterio de que las decisiones a ser tomadas por el Comité Político, sean en base al consenso entre los integrantes de este organismo y en su defecto será necesaria las tres cuartas partes de la matrícula del mismo.
8.- Que las vacantes a ser llenadas de los miembros del Comité Central, cuando fuera procedente, se hagan en base a criterios equilibrados.
9.- Propiciar la integración de los miembros de la Comisión Organizadora que tendrá a su cargo la escogencia de las candidaturas congresuales y municipales para las elecciones del 2016.
10.- Ratificar los acuerdos de alianza con los partidos que integran el Bloque Progresista, concediéndoles plenos poderes al candidato presidencial para los pactos de candidaturas.
11.- Otorgarles los correspondientes poderes al candidato presidencial del PLD para la concertación de pactos de alianzas con otras fuerzas políticas que no formen parte del Bloque Progresista.
12.- La conformación de dos equipos de campaña a nivel nacional, para las elecciones generales del 2016, en el entendido de que el primero de ellos tendrá la responsabilidad para el nivel de la candidatura presidencial, el cual será coordinado por el candidato presidencial, o la persona que él designe, mientras que el segundo, es decir, para las candidaturas congresuales y municipales, será dirigido por el presidente del PLD.
13.- Que la integración de los respectivos comités de campaña para los diferentes niveles y localidades, se hagan de una manera equilibrada para garantizar la unidad y el trabajo en equipo.
14.- Apoderar a las instancias orgánicas correspondientes cuando procediere, para la ejecución y puesta en práctica de algunas de las accciones señaladas en el presente documento (Comité Central, Congreso Elector, Plebiscito Partidiario, ETC..).
15.- Asumir el compromiso de no accionar ni entablar instancias de apoderamiento a las denominadas Altas Cortes del País.

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