El portavoz del Gobierno, Roberto Rodríguez Marchena, dijo que en la
observación hecha por el Ejecutivo al Código Penal sigue establecida la
penalización del aborto, pero precisa tres excepciones, considerando la
realidad y los derechos de la mujer.
Fotos | Video | Audio | Documentos
Explicó que estos tres casos excepcionales son cuando está en peligro la vida de la mujer, cuando la madre ha sido víctima de violación o incesto, o cuando el feto tenga malformaciones incompatibles con la vida.
El funcionario afirmó que estas observaciones solo se refieren a los
artículos 107, 108, 109 y 110, que conforman en su conjunto la Sección
III, título II de la ley relativos a la tipificación penal de la
interrupción del embarazo.
Decisión muy bien meditada por el Presidente
“Esto ha sido muy bien meditado por el Presidente de la República. Quien
ha sido sumamente cuidadoso, y esto es una decisión que revela no solo
la humanidad de Danilo Medina, sino su apego irrestricto de la
Constitución y de la realidad de nuestro país”, subrayó Rodríguez
Marchena.
Protección de derechos y humanidad es esencia de decisión
En declaraciones ofrecidas a la prensa en el salón Orlando Martínez del
Palacio Nacional, el funcionario expuso que el jefe de Estado fue
explícito en la comunicación que envió al presidente de la Cámara de
Diputados, Abel Martínez, sobre las bien ponderadas razones para la
observación de la pieza como se refiere en el penúltimo párrafo de la
misiva en cuestión:
“Consideramos, por tanto, que lo más justo, equilibrado y acorde con el
espíritu de protección de derechos y humanidad que debe regir al Estado,
sería equiparar nuestra legislación con la de la mayoría de los países
del mundo, que permiten la interrupción del embarazo, cuando sea
practicada por personal médico especializado, en establecimientos de
salud, públicos o privados, dentro de los plazos que se consideren de
lugar y solo en tres supuestos debidamente fundamentados: cuando la vida
de la madre corre peligro, cuando la madre ha sido víctima de violación
o incesto, o cuando el feto tenga malformaciones incompatibles con la
vida”.
El director de Comunicación del Gobierno, de igual modo citó el segundo
párrafo de la carta enviada al presidente de la Cámara de Diputados, en
la que fundamenta los motivos de la observación y devolución al Congreso
de la pieza:
“La observación que formulamos mediante esta comunicación es de
naturaleza parcial, ya que recae exclusivamente sobre los artículos 107,
108, 109 y 110, que conforman en su conjunto la Sección III, título II
de la ley relativos a la tipificación penal de la interrupción del
embarazo”.
Los tuits explican de manera didáctica al pueblo lo expresado por el Presidente
Indicó que el objetivo de los tres tuits
que emitió ayer como director de Comunicación General del Gobierno era
precisar de manera pedagógica el espíritu de lo remitido al Congreso por
el presidente Danilo Medina sobre el caso referido.
“Esto no es un tema religioso, es un tema de salud pública, de
conciencia de las mujeres dominicanas, apreciamos su capacidad de
decidir, eso es lo que estamos diciendo, estableciendo la libertad que
tienen las mujeres dominicanas en una situación de encrucijada grave en
la vida a decidir”, puntualizó.
Respeta el derecho de iglesias a expresarse
Rodríguez Marchena refirió que las organizaciones religiosas como las
iglesias tienen todo el derecho de expresarse en contra, “pero lo que sí
hay que reconocerle al Poder Ejecutivo y a los ciudadanos y ciudadanas
es su derecho a pensar de manera diferente”.
Indicó que el presidente Danilo Medina ha respetado perfectamente la Constitución de la República.
No hay comentarios:
Publicar un comentario