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El proyecto de ley aprobado contó con el voto favorable de 132 diputados y tres en contra, por lo que la pieza ahora pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación. |
EL CÓDIGO CASTIGA EL SICARIATO, TIPIFICA EL FEMINICIDIO Y PROHÍBE EL ABORTO
DIPUTADOS CONVIERTEN EN LEY NUEVO CÓDIGO PENAL
DIPUTADOS CONVIERTEN EN LEY NUEVO CÓDIGO PENAL
Santo Domingo;- Tras unos diez años de discusión, el Congreso
Nacional finalmente convirtió en ley ayer las modificaciones al Código
Penal de la República Dominicana.
En el mismo se castiga el sicariato, aumenta la pena máxima a 40 años, la cual por acumulación podría llegar hasta a 60 años.
También
tipifica el feminicidio, que será castigado con penas entre los 30 a 40
años, y se prohíbe el aborto, ya que solo se permitirá la interrupción
del embarazo asistido de un médico, siempre y cuando esté en peligro la
vida de la madre.
El proyecto de ley aprobado contó con el voto
favorable de 132 diputados y tres en contra, por lo que la pieza ahora
pasará al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.
El proyecto de ley fue aprobado tras unos 10 años de estudio en ambas cámaras legislativas, donde perimió en varias ocasiones.
La nueva legislación deroga el viejo Código Penal que data de 130 años.
El
presidente de la Cámara de Diputados y proponente de la pieza
legislativa, Abel Martínez, previo al sometimiento de la iniciativa,
aclaró que los médicos en caso de tener la necesidad de practicar un
aborto terapéutico están protegidos por el Código Penal. El presidente
de la Comisión de Justicia, Demóstenes Martínez, entiende que se trata
de un día trascendental para la sociedad dominicana al tener la
oportunidad de aprobar un instrumento que enfrente la delincuencia que
afecta al país.
El nuevo Código Penal tipifica, además, los
fraudes financieros tipo piramidal, crímenes horrendos, desaparición
forzosa, la invasión y ocupación de tierras; castiga el secuestro con 20
a 30 años; fija penas de cuatro a 10 años a los adultos que induzcan a
menores a cometer delitos; sanciona el cuatrerismo y el uso del químico
conocido como “ácido del diablo”, entre otros delitos.
Asimismo,
castiga la violencia doméstica o intrafamiliar, lo cual se sancionará
con penas de cuatro a 10 años de prisión mayor y multa de cuatro a 10
salarios mínimos.
Estas sanciones se aumentarán cuando la
infracción cause daños corporales o psicológicos de consideración, de 30
a 40 años de prisión y multa de 30 a 40 salarios cuando cause muerte;
de 20 a 30 cuando provoque lesión o daño permanente, y de diez a 20
cuando origine incapacidad por más de 90 días.
Se tipifica el
abandono de menores, y destaca “el hecho de abandonar a un menor de edad
en cualquier lugar, u ordenar que se haga cuando exista un deber de
vigilancia o cuidado a cargo”.
Con la aprobación de este código se derogan 51 leyes y disposiciones establecidas en la ley vigente.
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