Santo Domingo;-Julio Cury, abogado de Geanilda Vásquez, informó que la sentencia fue notificada a la JCE para que certifique quién es el actual secretario de organización del PRD.El Partido Revolucionario Dominicano (PRD) no acatará la sentencia de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional que ordena la reposición inmediata de Geanilda Vásquez como secretaria de organización hasta que el Tribunal Constitucional no se pronuncie al respecto, instancia en la que recurrirá la sentencia de la magistrada Tania Yunes. Eduardo Jorge Prats dijo que el Tribunal Constitucional es el órgano competente para elevar el recurso. Igualmente, Jorge Prats argumentó que en vista de que el PRD ha sido ganancioso de una serie de causas en el Tribunal Superior Electoral (TSE) y que el Comité Ejecutivo Nacional del PRD designó a Aníbal García Duvergé como secretario de organización, cuya resolución no ha sido objeto de cuestionamientos, el PRD le dará cumplimiento a esa disposición. Las afirmaciones de Jorge Prats implican que Vásquez no podrá asumir sus funciones en el PRD como había anunciado.
“Esa sentencia ha sido dictada por una jurisdicción manifiestamente incompetente en virtud de que tratándose de un amparo interpuesto por una dirigente política, contra una organización política, y para la tutela de los derechos fundamentales estrechamente vinculados a los derechos de asociación política, es al Tribunal Superior Electoral (TSE) a quien le ha debido corresponder”, dijo el abogado. Igualmente, Jorge Prats llamó a los poderes públicos y toda la nación, así como a los partidos y sus dirigentes para que estén alerta por el supuesto peligro que representa para la democracia, la seguridad jurídica, la institucionalidad y el estado de derecho, que “jueces del Poder Judicial, manifiestamente incompetentes, estén generosamente usurpando las atribuciones de las altas cortes y lo que ello puede significar para los procesos convencionales de los partidos”.
Por un clima de entendimiento
Vásquez, a su salida de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, donde ayer se leyó íntegra la sentencia que le favorece, dijo que si no se está de acuerdo con el fallo que existe el derecho de recurrirlo, pero advirtió que igual es ejecutable. Agregó que este elemento que se introduce con la sentencia debe ser un puente de entendimiento y de procurar un clima de paz y armonía en su partido. “Yo no creo que esto sea para seguir en diferencia sino un medio para entendernos”, sostuvo. Dijo que en lo adelante lo que procede es aplicar la sentencia.
“Esa sentencia ha sido dictada por una jurisdicción manifiestamente incompetente en virtud de que tratándose de un amparo interpuesto por una dirigente política, contra una organización política, y para la tutela de los derechos fundamentales estrechamente vinculados a los derechos de asociación política, es al Tribunal Superior Electoral (TSE) a quien le ha debido corresponder”, dijo el abogado. Igualmente, Jorge Prats llamó a los poderes públicos y toda la nación, así como a los partidos y sus dirigentes para que estén alerta por el supuesto peligro que representa para la democracia, la seguridad jurídica, la institucionalidad y el estado de derecho, que “jueces del Poder Judicial, manifiestamente incompetentes, estén generosamente usurpando las atribuciones de las altas cortes y lo que ello puede significar para los procesos convencionales de los partidos”.
Por un clima de entendimiento
Vásquez, a su salida de la Novena Sala Penal del Distrito Nacional, donde ayer se leyó íntegra la sentencia que le favorece, dijo que si no se está de acuerdo con el fallo que existe el derecho de recurrirlo, pero advirtió que igual es ejecutable. Agregó que este elemento que se introduce con la sentencia debe ser un puente de entendimiento y de procurar un clima de paz y armonía en su partido. “Yo no creo que esto sea para seguir en diferencia sino un medio para entendernos”, sostuvo. Dijo que en lo adelante lo que procede es aplicar la sentencia.
Acusaciones fueron variadas en tres casos
La juez Tania Yunes, de la Novena Sala Penal, indicó en su sentencia que se violó el debido proceso de ley en el proceso disciplinario seguido a Vásquez debido a que las imputaciones formuladas en su contra fueron variadas en tres ocasiones por tres órganos distintos, realizando exclusiones e inclusiones de forma irregular que violaron su derecho de defensa. Argumenta que se violó el principio de correlación porque incluye violaciones que no existen.
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